La directiva de la Cámara de Comerciantes e Industriales de El Vigía y Sur del Lago, (Cavisur), se pronuncio con respeto a la reforma de la Ordenanza de Actividad Económica impuesta por el Concejo Municipal. Este gremio que alberga a unos 700 comerciantes y empresarios de la zona, manifestó que considera un atropello la aprobación […]

La directiva de la Cámara de Comerciantes e Industriales de El Vigía y Sur del Lago, (Cavisur), se pronuncio con respeto a la reforma de la Ordenanza de Actividad Económica impuesta por el Concejo Municipal.

Este gremio que alberga a unos 700 comerciantes y empresarios de la zona, manifestó que considera un atropello la aprobación de la mencionada ordenanza, ya que no fueron tomados en cuenta para las discusiones de dicho documento jurídico, al mismo tiempo hicieron un llamado al Fiscal General de la República, con el fin de que revise este «atropello» del poder legislativo de El Vigía.

Señalaron que los ediles adrianistas, no respetaron el artículo 266 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal que expresa que la sociedad organizada  y los ciudadanos deben ser consultados durante el proceso de discusión y aprobación de leyes y ordenanzas.

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«La ley es clara al referir que esto es causa de nulidad Igualmente en el comunicado indica que a pesar que Cavisur exhortó de forma contundente y oportuna en solicitar que se reiniciarán las discusiones de la reforma y se permitiera al gremio participar en las discusiones, no se tuvo respuesta de parte poder legislativo, dieron siete días continuos para la presentación de propuestas a la reforma, periodo de tiempo que correspondió a un fin de semana y a los días festivos de carnaval» reseñaron.

La directiva presentó un informe donde se reseña “los errores que presenta la reforma, solicitando que “se abrieran los espacios para el debate y la discusión” en la sede del parlamento local, pero de manera “caprichosa y arbitraria” la propuesta fue negada informando que ya la reforma había sido aprobada.

Por su parte Cavisur hace del conocimiento público que no puede cumplirse con una ordenanza que ha sido irregular su formulación, tal como lo establece el artículo citado de la Ley del Poder Público Municipal, por lo que es nula su aplicación.