La Asamblea Nacional (AN) aprobó por unanimidad, en la sesión ordinaria de este martes,  el Proyecto de Ley Especial sobre el Régimen Pensiones de Vejez no Contributivo. El instrumento legal, de 22 artículos,  presentado a Cámara Plena por el diputado Arnoldo Benítez (Unidad-Aragua), presidente  de la subcomisión de  Pensionados y Jubilados de Desarrollo Social Integral de la AN, contempla […]

La Asamblea Nacional (AN) aprobó por unanimidad, en la sesión ordinaria de este martes,  el Proyecto de Ley Especial sobre el Régimen Pensiones de Vejez no Contributivo.

El instrumento legal, de 22 artículos,  presentado a Cámara Plena por el diputado Arnoldo Benítez (Unidad-Aragua), presidente  de la subcomisión de  Pensionados y Jubilados de Desarrollo Social Integral de la AN, contempla una serie de beneficios para las personas de la tercera edad.

Durante su intervención, Benítez destacó que hoy se sanciona una ley que viene a completar una necesidad que tenían los adultos mayores, quienes eran discriminados, sobre todo aquellos que no tenían capacidad contributiva.

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Recordó que el artículo 86 de la Constitución es muy claro en el que se establece que “si usted no tuvo capacidad contributiva, no puede ser excluido del sistema del Sistema de Seguridad Social”.

Expresó el legislador que para elaborar la mencionada ley,  “tenemos que agradecer a todos los adultos mayores de este país  la oportunidad que nos brindo esta AN al crear una subcomisión de Pensionados y Jubilados que contó con el apoyo de los parlamentarios Miguel Pizarro, Juan Requesens y José Manuel Olivares, quienes hicieron posible que este proyecto fuera una realidad”.

Dijo que la mencionada legislación garantiza a todos los adultos mayores, sin ser una carga para el Estado, que les dará atención también todas las mujeres que tenga actualmente 40 años y a los hombres de 45 años.

La norma contempla, igualmente, que para el momento de entrar en vigencia dicha ley quienes tengan edad superior a los 55 años si son del sexo  femenino y las personas de sexo masculino, con edad igual o superior a los 60 años, que tengan nacionalidad venezolana y residenciados en el territorio nacional,  están comprendidas en el campo de aplicación de esta normativa.

Asimismo se reconoce que las personas  que para el momento de entrar en vigencia la ley tengan una edad de 40 años las mujeres y 45 los hombres -debidamente comprobados- pueden ingresar al Seguro Social. /Ernesto Vegas/ Prensa AN/ Foto Luis Dávila