Casas de cambio distribuidas a lo largo del territorio nacional empezaron esta semana a ofertar divisas al público, tras una autorización oficial dada por el Gobierno a través del Ministerio de Finanzas y el Banco Central de Venezuela (BCV).
Dicha normativa para la venta y compra de moneda extranjera estaría referida en la reglamentación de los montos, mínimo y máximo al menudeo que pueden adquirir diariamente el público, no solo en las casas de cambio sino también en los diferentes bancos del país, de acuerdo con lo establecido en la Gaceta Oficial número 41.580.
El tipo de cambio que ha de regir para la compra y venta fluctuará libremente de acuerdo con la oferta y la demanda de las personas naturales o jurídicas, no obstante, durante un recorrido por parte del equipo de El Universal, pudieron constatar que el cambio oficial estuvo marcado por el precio que registra el Sistema de Divisas de tipo de cambio complementario flotante de mercado (Dicom).
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Asimismo, pudieron verificar el inicio de este proceso tras un recorrido por la firma de cambios Italcambio, en donde se apreció bajo lo estipulado en la vigente ley, que el monto máximo diario para la venta al público sería de 1.000 euros o su equivalente en otra divisas; 4.000 euros por mes calendario o 8.500 euros por año calendario.
“Los operadores cambiarios autorizados deberán anunciar en sus oficinas el tipo de cambio de referencia. Asimismo, deberán hacer del conocimiento del público en general, a través de avisos disponibles en sus oficinas, el porcentaje o monto aplicable por concepto de comisión, tarifa y/o recargo establecido al efecto”, señala en uno de sus artículos el Convenio Cambiario.
Cabe destacar que para este jueves el precio del dólar oficial establecido por el BCV era de 3.298,64 Bs, pero para la venta al público la divisa estadounidense estuvo en 3.331,62 Bs.
En el caso particular de Italcambio las divisas pueden ser adquiridas en las taquillas solo en dinero en efectivo o pagadas con tarjetas de débito y en cheques, por lo que las transferencias bancarias quedaron descartadas.
De igual manera, es importante acotar que dicha legislación reguladora tiene por objeto establecer la libre convertibilidad de la moneda y flexibilizar el régimen cambiario del sector privado en todo el territorio nacional.